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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un exdocente…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un exdocente del Ejército que percibió simultáneamente sueldo en actividad y pensión de retiro, lo que no procede. Respecto al cobro de las sumas pagadas indebidamente, el organismo señaló que la acción de cobro de la Administración se rige por la prescripción general de cinco años del artículo 2515 del Código Civil, por lo que no existió irregularidad en el actuar del Ejército. En cuanto a la solicitud de devolución de remuneraciones de agosto de 2015, la Contraloría indicó que, conforme al principio retributivo, los emolumentos se deben por trabajo efectivo, salvo excepciones como el feriado legal. Por ello, ordenó al Ejército verificar si el recurrente efectivamente gozaba de feriado hasta el 3 de agosto de 2015; de ser así, solo podrá exigir el reintegro por los días no cubiertos por dicho beneficio. Además, reprochó la demora en emitir el acto de desvinculación, instando a adoptar medidas para evitar futuras dilaciones.

Normas citadas

  • Cci art/2515
  • ley 18575 art/3
  • ley 18575 art/8
  • ley 19880 art/7
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Prescribe la acción de la Administración para cobrar sumas pagadas indebidamente a un funcionario en Chile?

En este caso, la Contraloría General de la República señaló que la acción de cobro de la Administración se rige por la prescripción general de cinco años del artículo 2515 del Código Civil, por lo que no hubo irregularidad en el actuar del Ejército.

¿Se debe pagar remuneración por los días de ausencia de un funcionario que no trabajó efectivamente?

En este caso, la Contraloría sostuvo que, conforme al principio retributivo, las remuneraciones se deben por trabajo efectivo, salvo excepciones como el feriado legal. Ordenó verificar si el recurrente gozaba de feriado y, de ser así, solo cabe el reintegro por los días no cubiertos por ese beneficio.

¿Puede un militar en retiro percibir sueldo en actividad y pensión de retiro al mismo tiempo?

En este caso, la Contraloría concluyó que percibir simultáneamente sueldo en actividad y pensión de retiro no procede. Además, reprochó la demora en emitir el acto de desvinculación e instó a adoptar medidas para evitar futuras dilaciones.

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