Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un integrante…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un integrante del cuadro permanente del Ejército que reclamaba el pago de remuneraciones tras una medida disciplinaria de licenciamiento. El organismo señaló que, conforme al Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, el personal tiene derecho a percibir en forma regular y completa sus remuneraciones hasta que su término de funciones se produzca según la normativa aplicable. Además, indicó que la medida expulsiva debe someterse previamente a toma de razón, ya que el acto de cese produce efectos desde su notificación. En consecuencia, si el recurrente tuvo desempeño efectivo con posterioridad a la fecha indicada en la medida disciplinaria, tendrá derecho a las remuneraciones reclamadas, debiendo el Ejército verificarlo e informarlo a la Contraloría en el plazo de quince días, sin perjuicio de remitir la medida a toma de razón.

Normas citadas

  • dto 1445/51 Defen art/35 inc/1
  • dfl 1/97 Defen art/167 inc/1
  • res 1600/2008 Contr art/7 num/7/2/3
  • ley 19880 art/51
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Tiene derecho un militar del cuadro permanente del Ejército a recibir remuneraciones si fue licenciado mediante una medida disciplinaria?

En este caso, la Contraloría General de la República señaló que, conforme al Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, el personal conserva el derecho a remuneraciones regulares y completas hasta que su término de funciones se produzca según la normativa aplicable. Si tuvo desempeño efectivo después de la fecha de la medida, tendrá derecho a lo reclamado.

¿Debe tomarse razón una medida expulsiva de un militar antes de que produzca efectos?

En este caso, el organismo indicó que la medida expulsiva debe someterse previamente a toma de razón, ya que el acto de cese produce efectos desde su notificación. Por ello, la remisión a toma de razón es exigible sin perjuicio de la verificación de remuneraciones.

¿Qué debe hacer el Ejército cuando un militar reclama remuneraciones posteriores a una medida disciplinaria de licenciamiento?

En este caso, la Contraloría dispuso que el Ejército debe verificar si el recurrente tuvo desempeño efectivo con posterioridad a la fecha indicada en la medida y entregar esa información al organismo en un plazo de quince días. Además, la medida debe remitirse a toma de razón.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2016 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de invalidación…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2019

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el licenciamiento de un funci…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un funcionari…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la reclamación de un funciona…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un funcionari…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.