Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un ex funcionario del Ejército que reclamaba por su pensión de retiro, por la extensión del sueldo de actividad, por la aplicación de la ley N° 19.631 y por la cobertura de salud de su cónyuge e hija. Respecto de la pensión, el organismo consideró superado ese aspecto porque ya había sido tomada razón. El sueldo de actividad solo era procedente hasta noventa días hábiles desde el retiro, por lo que se concluyó que se pagó hasta el 11 de junio de 2018, debiendo la pensión comenzar a pagarse desde el 12 de ese mes. La ley N° 19.631 no se aplicó porque el vínculo con el Ejército no se regía por el Código del Trabajo. En cuanto a la salud, se indicó que el artículo 7°, letra d), de la ley N° 19.465 permite beneficiar a los causantes de asignación familiar, y se constató que la cónyuge e hija fueron reconocidas como tales hasta el 31 de diciembre de 2018. Sin embargo, por la dilación detectada en el trámite de pensión, que pudo afectar el acceso a atención médica de la hija, se ordenó instruir una investigación sumaria para determinar eventuales responsabilidades disciplinarias.