Resumen del criterio jurisprudencial
Sentencia de la Corte Suprema que confirma el fallo apelado en un recurso de protección por demora en la tramitación de una solicitud de nacionalización. La disidencia de dos ministros estima que la tardanza no es ilegal ni arbitraria, pues el plazo de seis meses de la Ley N° 19.880 no es fatal y la recurrente mantiene situación migratoria regular, sin perjuicio del silencio administrativo como vía pertinente.