TributarioInadmisible

Identificación de los intervinientes: inmobiliaria ecolife project spa con servicio de…

Resumen del criterio jurisprudencial

Identificación de los intervinientes: inmobiliaria ecolife project spa con servicio de impuestos internos ix dirección regional ruc:20-9-0000987-9 rit:ab-08-00031-2022 normas aplicables: artículo 150 del código tributario fecha de la sentencia: 03/ materia: reclamo de avalúos submateria: modificación individual de avalúo de bienes raíces artículo 150 del código tributario tribunal que dictó la sentencia: tribunal tributario y aduanero región de la araucanía tipo de procedimiento: procedimiento especial de reclamo de avalúo de bienes raíces servicio recurrido: servicio de impuestos internos resultado de la causa: inadmisible por extemporáneo resumen: la resolución declara inadmisible por extemporáneo el reclamo presentado por el abogado don josé miguel espinoza díaz, en representación de inmobiliaria ecolife project spa, por cuanto las resoluciones exentas reclamadas corresponden a modificaciones individuales de avalúos de bienes raíces, cuyo plazo de reclamo de 90 días conforme lo dispone el artículo 150 del código tributario venció el 5 de octubre de 2002, por lo cual el reclamo deducido el 30 de diciembre de 2022 se declaró inadmisible por extemporáneo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.