Seguridad social

No existe impedimento para que una mutualidad de empleadores efectúe una donación en di…

Resumen del criterio jurisprudencial

No existe impedimento para que una mutualidad de empleadores efectúe una donación en dinero en los términos establecidos en la Ley N° 21.015 y en el Código del Trabajo, máxime si dicha donación tiene por finalidad dar cumplimiento a una obligación legal.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.