AduaneroInadmisible

Se acoge el incidente de previo y especial pronunciamiento interpuesto por el servicio…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el incidente de previo y especial pronunciamiento interpuesto por el servicio nacional de aduanas y se declara la extemporaneidad del reclamo, atendido que según consta de lo expuesto por el articulista y los antecedentes de autos, la reclamante tomó efectivo conocimiento de la actuación reclamada mediante el panel de estado diario de fecha 22.11.2016, debiendo contabilizarse los 15 días hábiles para reclamar en esta sede a partir de esa notificación, resultando forzoso concluir que el reclamo, se ha interpuesto extemporáneamente. se rechaza reposición interpuesta por el reclamante en contra de la resolución que declara extemporánea la reclamación y se concede la apelación subsidiaria, toda vez que, de los antecedentes de autos, aparece que el oficio n°383/15.12.2016, no constituye un acto reclamable conforme a las disposiciones de los artículos 184 y siguientes de la ordenanza de aduanas. en consecuencia, el acto reclamable fue la multa aplicada por la denuncia n°875305/08.11.2016, notificada por el estado diario el día 22.11.2016. la ilustrísima corte de apelaciones de valparaíso, en sentencia de fecha 16.04.2018, rol tributario y aduanero n°, confirmó la resolución apelada.

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.