Resumen
El tribunal tributario y aduanero en procedimiento general de reclamación aduanera, resolvió rechazar el reclamo interpuesto, acogiendo la excepción de incompetencia presentada por el servicio, toda vez que habiéndose emitido en el presente caso cargos y denuncias infraccionales, ambos derivados de los mismos hechos, este tribunal no es competente para conocer del reclamo de las denuncias en procedimiento general de reclamaciones, sino que solo es competente para conocer del reclamo de las multas que se le aplique por aduanas en el respectivo procedimiento infraccional, pudiendo impugnar éstas ante este tribunal conforme al procedimiento especial previsto para dicho efecto en los artículos 185 a 187 de la ordenanza de aduanas, sin perjuicio de la competencia para conocer del reclamo de los cargos en procedimiento general de reclamación, como aconteció en el reclamo de este tribunal ruc 21-9-, rit gr 14-00036-2021, solo respecto de 4 de ellos.