Resumen del criterio jurisprudencial
Para determinar si procede otorgar al trabajador acceso total o parcial a un Estudio de Puesto de Trabajo de Salud Mental, debe evaluarse si de acuerdo con la citada Ley N° 19.628, contienen información de terceros que amerite reserva, por su carácter personal o sensible. En tal sentido, se concluye que constituye información sensible, las declaraciones de colegas y jefaturas a los que suele entrevistarse en el marco de estos Estudios, toda vez que la eventual divulgación a terceros de sus apreciaciones sobre aspectos tales como, la estructura organizacional y calidad de las relaciones laborales e interpersonales en el lugar de trabajo, puede afectar el clima laboral en el que se desempeñan.