Resumen del criterio jurisprudencial
La Fiscalía acusó al imputado como autor de los delitos de porte y tenencia ilegal de arma de fuego. El acusado aceptó los hechos materia de la acusación. La Defensa solicitó el sobreseímiento atendido que el arma no estaba destinada a alterar el orden público. En subsidio alegó que se trataba de un solo delito, pues la figura de la posesión quedaría subsumida en el porte. El Tribunal rechazó las alegaciones de la defensa declarando que se trata de figuras penales distintas, tanto así que el porte de arma de fuego requiere una autorización distinta y especial respecto de la tenencia de ésta. Atendido que no se acreditó que el fin del arma haya sido alterar el orden público, atacar a la policía o las FFAA, o para otro delito, condenó sólo a una pena pecuniaria, rechazando la solicitud de absolución porque el acusado pretendió cruzar la frontera sin declarar el arma.