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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado en contra del…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado en contra del Instituto de Salud Pública de Chile, que había denegado el acceso a los estudios de biodisponibilidad, farmacodinámicos e in vitro, y sus anexos, que sirvieron de base para establecer la equivalencia terapéutica de un producto farmacéutico. El Consejo ordenó la entrega de esa información, previa eliminación de los antecedentes que den cuenta de la fórmula del producto y de los datos personales de contexto. Para fundamentarlo, señaló que los antecedentes son el sustento de la resolución que inscribió el producto en el Registro Nacional de Productos Farmacéuticos, y desestimó la alegación de afectación de derechos económicos y comerciales del tercero involucrado por no acreditar un perjuicio suficiente. Asimismo, rechazó el amparo respecto de la fórmula cualitativa y cuantitativa del producto, por configurarse la causal de secreto o reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, dado que su divulgación revelaría procesos esenciales y provocaría la pérdida de ventajas comparativas del titular.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Se puede acceder a la fórmula cualitativa y cuantitativa de un producto farmacéutico invocando la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo respecto de la fórmula del producto, al configurarse la causal de secreto o reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia. Estimó que su divulgación revelaría procesos esenciales y haría perder ventajas comparativas al titular.

¿Qué información de un registro sanitario de medicamentos puede ser entregada por un organismo público en virtud de la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo ordenó entregar los estudios que sirvieron de base para la equivalencia terapéutica, previa eliminación de los datos personales de contexto y de los antecedentes que revelen la fórmula. La decisión distingue entre la información de sustento de la inscripción, que es accesible, y la composición del producto, que queda reservada.

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.