Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente interpuso un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones por la negativa a admitir su solicitud de residencia definitiva. La Corte Suprema analizó si la resolución impugnada era ilegal o arbitraria al no admitir la solicitud por falta de cumplimiento del tiempo mínimo de residencia temporal. Según la Ley N°21.325 y su Reglamento, el solicitante debía haber residido al menos 24 meses, o más según la gravedad de infracciones migratorias. El tribunal constató que el recurrente no cumplía con dichos requisitos y que la autoridad migratoria actuó dentro del marco legal. Además, se señaló que los antecedentes fueron remitidos al Departamento de residencias temporales, manteniendo al extranjero en situación regular. Por tanto, la Corte confirmó la sentencia apelada y rechazó el recurso de protección.