Las bonificaciones contempladas en los artículos 6º de la ley 18.566 y 3º de la ley 19.…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 1996
Resumen
Las bonificaciones contempladas en los artículos 6º de la ley 18.566 y 3º de la ley 19.200 deben ser consideradas como parte del concepto de última remuneración para los efectos del cálculo de las indemnizaciones contenidas en los artículos 7º y 9º transitorios de la ley 19.410.
Normas citadas
Ley 19.410
Ley 19.200
Ley 18.566
Código del Trabajo
Ley N° 3.500
Decreto ley N° 3.500
Artículo 41 del Código del Trabajo
Ley 3.501
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