PenalRechaza

El Tribunal de Apelaciones de Talca, en segunda sala, resolvió el recurso de nulidad in…

Sentencia · Corte de Apelaciones · 2026

Resumen

El Tribunal de Apelaciones de Talca, en segunda sala, resolvió el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de los condenados en el proceso, que cuestionaba la calificación de los hechos como delito de tráfico de pequeñas cantidades de drogas. La defensa alegó que la cantidad incautada (0,75 g y 1,2 g de cocaína) era insuficiente para presumir intención de venta y solicitó la absolución bajo el artículo 50 de la Ley 20.000. El tribunal analizó los antecedentes, constatando que la droga fue hallada en un contexto de comercialización y que existían elementos que indicaban intención de venta. Con base en el artículo 4 en relación con el artículo 1 de la Ley 20.000, confirmó la condena por posesión o guarda ilícita de pequeñas cantidades. Asimismo, citó los artículos 352, 372, 373 letra b) y 384 del Código Procesal Penal para fundamentar la inadmisibilidad del recurso. Finalmente, se rechazó el recurso sin costas, manteniéndose la sentencia de primera instancia.

Normas citadas

  • Art. 4 Ley 20.000
  • Art. 1 Ley 20.000
  • Art. 50 Ley 20.000
  • Art. 352 Código Procesal Penal
  • Art. 372 Código Procesal Penal
  • Art. 373 letra b) Código Procesal Penal
  • Art. 384 Código Procesal Penal
tráfico de drogasposesión ilícitapequeñas cantidadesLey 20.000Código Procesal Penalrecurso de nulidadintención de ventajurisprudencia penal

Más jurisprudencia de derecho penal de 2026 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.