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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Mun…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Municipalidad de Osorno, ordenando la entrega de información sobre la especificación de quién asumió el costo de los viáticos pagados entre el 28 de junio de 2021 y el 28 de junio de 2023, debiendo acreditar su entrega efectiva al reclamante. Se rechazó el amparo respecto de otros puntos de la solicitud, por considerar que la respuesta municipal ya satisfacía el requerimiento o porque no existía obligación legal de rendir cuenta sobre gastos de alimentación y alojamiento. También se rechazó la solicitud de información sobre los números 4 y 5, al acreditarse la causal de reserva del artículo 21 N° 1, letra c) de la Ley de Transparencia, por implicar una distracción indebida de funciones. Además, se representó al alcalde la infracción por no responder dentro del plazo legal.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.695
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 18.883
  • Resolución Exenta N° 491
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede una municipalidad negarse a entregar información sobre viáticos pagados a sus funcionarios por considerarla una distracción indebida de funciones?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió la reserva del artículo 21 N° 1, letra c) de la Ley de Transparencia respecto de algunos puntos, por implicar una distracción indebida de funciones. Sin embargo, ordenó entregar la información sobre quién asumió el costo de los viáticos.

¿Está obligada una municipalidad a rendir cuenta sobre gastos de alimentación y alojamiento de sus funcionarios?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo en esos puntos porque no existía obligación legal de rendir cuenta sobre gastos de alimentación y alojamiento. Respecto de otros puntos, consideró que la respuesta municipal ya satisfacía el requerimiento.

¿Qué consecuencias tiene que un alcalde no responda una solicitud de información dentro del plazo legal?

En este caso, el Consejo para la Transparencia representó al alcalde de Osorno la infracción por no responder dentro del plazo legal. Además, acogió parcialmente el amparo y ordenó la entrega de la información sobre quién asumió el costo de los viáticos, debiendo acreditarse su entrega efectiva.

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