Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Puerto Saavedra, que había negado el acceso a información sobre viáticos pagados y viajes realizados por funcionarios del municipio entre junio de 2021 y junio de 2023. El Consejo fundamentó su decisión en que esta información se vincula al ejercicio de la función pública y al uso de recursos públicos, por lo que debe ser transparentada en virtud de los artículos 8° de la Constitución y 3° de la Ley de Transparencia. Además, desestimó que concurriera la causal de reserva por distracción indebida de los funcionarios, al no haberse acreditado sus presupuestos. Se ordenó entregar la información, previo tarjado de los datos personales de contexto, y se otorgó un plazo para cumplir, bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia.