Resumen
El tercer tribunal tributario y aduanero de santiago en procedimiento general de reclamación, resolvió no ha lugar al reclamo interpuesto por la sociedad reclamante en contra de la liquidación nº 770 (r), de 24/, emitida por el servicio de impuestos internos, señalando que conforme las pruebas aportadas la pérdida de arrastre declarada por la contribuyente no existe, pues se basa en un resultado que no se ajusta a lo ordenado por las liquidaciones n°136, 141 y 142 de 24.04.2008, liquidaciones confirmadas íntegramente por un tribunal de justicia; constatándose además que la liquidación reclamada efectúa un correcto cálculo de la rli respecto al at 2011, encontrándose ajustada a derecho, por lo que procede rechazar el reclamo en todas sus partes.