Resumen del criterio jurisprudencial
Reclamo en contra de liquidación la cual se le cursó por reintegro del artículo 97 de la ley de la renta. la liquidación se funda en subdeclaración de ingresos por rentas de fuente extranjera y utilizaión indebida o en exceso de crédito por impuestos pagados en el extranjero. sólo reclama por la utilización indebida o en exceso de crédito por impuestos pagados en el extranjero. se señaló que al 31.12.2010 el contribuyente estaba debidamente inscrito en el registro de inversiones en el extranjero pero sólo un monto determinado y que por ello sólo tendría derecho al crédito respectivo a prorrata de la inversión registrada. el contribuyente alega que esa exigencia no se encuentra en la ley y que tampoco se desprende de las propias instrucciones administrativas dictadas en la materia por el sii y alega además que su inversión inicial tuvo un incremento y no existen otros aportes sino que se revalorizó en el tiempo. del mérito del proceso el contribuyente no pudo acreditar porque no aporto prueba alguna, que la inversión inicial sea la misma y que simplemente se incrementó producto de su rendimiento por lo que se rechazó el reclamo y se confirmó la aplicación proporcional del crédito invocado.