AdministrativoAcoge

Se acoge parcialmente el amparo deducido contra la Comisión para el Mercado Financiero…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge parcialmente el amparo deducido contra la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), ordenándose la entrega del número de denuncias realizadas ante el Ministerio Público respecto de las entidades o personas que otorgan préstamos informales o no autorizados desglosadas en los años 2022 a 2024. Con todo, en el evento de que esta información no obre poder del organismo desagregada en la forma pedida, se deberá informar dicha circunstancia expresa y fundadamente al reclamante y a este Consejo en sede de cumplimiento. Lo anterior, por tratarse de información estadística, sin que se haya verificado su entrega, ni la concurrencia de alguna causal de reserva legal o circunstancia fáctica que impida su remisión al interesado. Por su parte se rechaza el presente amparo respecto de: - Número de fiscalizaciones y sanciones administrativas efectuadas en relación con las entidades consultadas en los años pedidos; por no obra en poder del organismo dicha información; y sin que se dispongan de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de la sostenida por la reclamada, en orden a que no obra en su poder la información desagregada en la forma peticionada. - Número de advertencias o comunicaciones públicas emitidas por la CMF sobre entidades no autorizadas para ofrecer créditos o productos financieros, por verificarse, la hipótesis especial de entrega, contemplada en el artículo 15 de la Ley de Transparencia.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.