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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo contra la Municipalidad de Quilicura…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo contra la Municipalidad de Quilicura, interpuesto por un particular que solicitó el RUT de los representantes legales incluidos en la nómina de patentes municipales. La municipalidad se negó a entregarlo. El Consejo rechazó el amparo por unanimidad, al considerar que el RUT constituye un dato personal cuya revelación afecta a sus titulares. Señaló que, conforme a la Ley N° 19.628, los datos personales solo pueden utilizarse para los fines de su recolección, salvo que provengan de fuentes accesibles al público, y que no procede entregarlos para otros fines sin autorización expresa del titular, la que no se había manifestado. Lo resolvió en aplicación de la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en relación con la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.

Normas citadas

  • Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Se puede pedir a una municipalidad el RUT de los representantes legales de las patentes comerciales por Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo y concluyó que el RUT es un dato personal cuya entrega afecta a sus titulares. Por eso la municipalidad podía negarse a entregarlo, amparada en la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia.

¿Los datos personales de una patente municipal pueden usarse para cualquier fin según la Ley 19.628?

En este caso, el Consejo sostuvo que, conforme a la Ley 19.628, los datos personales solo pueden usarse para los fines de su recolección, salvo que provengan de fuentes accesibles al público. Como no existía autorización expresa de los titulares, no procedía entregar el RUT para otros fines.

¿Qué recurso procede contra una decisión del Consejo para la Transparencia que rechaza un amparo de acceso a la información?

En este caso, el resumen indica que contra la decisión del Consejo procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva. La decisión se adoptó por unanimidad.

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