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La Contraloría General de la República se pronunció sobre un recurso de reconsideración…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre un recurso de reconsideración interpuesto en un sumario administrativo seguido en Carabineros de Chile contra un exfuncionario. Respecto de la omisión de la notificación en los términos del artículo 41 de la ley N° 19.880, el organismo concluyó que no afectó la validez de la medida, pues el afectado igualmente reclamó, aunque de forma tardía, e instruyó a Carabineros dar pleno cumplimiento a esa norma en lo sucesivo. En cuanto a la proporcionalidad, reiterando su criterio anterior, señaló que la ponderación de los hechos y la gravedad de la responsabilidad corresponde a la Administración, y que la sanción de diez días de arresto se ajustó a derecho. Sobre la invalidación de un segundo proceso sumarial, resolvió que no corresponde hacer efectiva la responsabilidad administrativa de quienes han perdido la calidad de servidores públicos, por lo que carecía de sentido emitir el pronunciamiento requerido.

Normas citadas

  • dto 118/82 Defen art/97
  • dto 118/82 Defen art/99
  • ley 19880 art/41
  • ley 19880 art/13 inc/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Se invalida un sumario administrativo en Carabineros si no se notificó al afectado conforme al artículo 41 de la ley 19.880?

En este caso, la Contraloría General sostuvo que la omisión de la notificación no afectó la validez de la medida, porque el afectado igualmente reclamó, aunque tardíamente. Instruyó a Carabineros a cumplir plenamente el artículo 41 en lo sucesivo.

¿Quién pondera la proporcionalidad de la sanción en un sumario administrativo de Carabineros?

En este caso, la Contraloría reiteró que la ponderación de los hechos y de la gravedad de la responsabilidad corresponde a la Administración. Concluyó que la sanción de diez días de arresto se ajustó a derecho.

¿Puede hacerse efectiva la responsabilidad administrativa de un exfuncionario que ya perdió la calidad de servidor público?

En este caso, la Contraloría resolvió que no corresponde hacer efectiva la responsabilidad administrativa de quienes han perdido la calidad de servidores públicos. Por ello, carecía de sentido emitir el pronunciamiento requerido sobre la invalidación del segundo proceso sumarial.

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