Resumen del criterio jurisprudencial
El candidato Edinson Rodrigo Henríquez Quezada interpuso una reclamación contra la Resolución N°G18490 del Director del Servicio Electoral, que aprobó con observaciones su cuenta general de ingresos y gastos electorales. La solicitud buscaba que se consideraran subsanadas las observaciones y se aprobara la totalidad del reembolso de sus gastos. El Tribunal Calificador de Elecciones analizó que la primera observación se fundamenta en la omisión del Sistema de Recepción de Aportes, requisito de trazabilidad que la reclamación no justificó. Además, constató que los gastos respaldados por documentos de 2020 y 2021 no se realizaron dentro del período que establece el artículo 3 de la Ley N°19.884. El inciso segundo del artículo 17 de la misma ley limita la devolución a gastos no financiados por otros aportes y la cuenta no contiene documentos que cumplan con esa condición. Por estas razones, el Tribunal rechazó la reclamación.