El documento analiza la naturaleza de las enfermedades profesionales conforme a la Ley…
Sentencia · Corte Suprema
Resumen
El documento analiza la naturaleza de las enfermedades profesionales conforme a la Ley Nº 16.744, enfatizando que su especificidad radica en la incapacitación o fallecimiento directamente causados por el trabajo. Se establece que el plazo de prescripción de cinco años para la acción de indemnización de perjuicios se cuenta desde la fecha del diagnóstico con inhabilitación, no desde el diagnóstico inicial. Se reconoce el derecho del trabajador a esperar la evolución de la enfermedad sin perder irreversiblemente sus derechos de seguridad social. La legislación contempla diversos grados de enfermedad profesional según sus efectos, permitiendo la revisabilidad de la declaración de incapacidad.
Normas citadas
Ley Nº 16.744, artículo 7º inciso 1º
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