Administrativo

La forma de distribuir e imputar las horas de los permisos establecidos por el legislad…

Resumen del criterio jurisprudencial

La forma de distribuir e imputar las horas de los permisos establecidos por el legislador en el artículo 8° quáter de la ley N° 19.070, deberá fijarse de común acuerdo entre cada dirigente gremial y su respectivo director de establecimiento.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.