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La Contraloría General de la República se pronunció sobre una presentación de particula…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre una presentación de particulares que cuestionaba el cumplimiento municipal de tres obligaciones: la habilitación y mantención de una oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, la disponibilidad pública de antecedentes exigidos por el artículo 98 de la ley N° 18.695, y las funciones de medio ambiente, aseo y ornato del artículo 25 de la misma ley. Respecto de la oficina y de la publicidad de antecedentes, al no haber aportado el municipio información al respecto, el organismo le requirió informar, dentro de 15 días hábiles, las medidas adoptadas para cumplir el artículo 98. En cuanto a medio ambiente, aseo y ornato, el organismo concluyó que, según los antecedentes a la vista, el municipio ha cumplido las funciones encomendadas por el legislador y no advirtió irregularidades en ese aspecto de la reclamación.

Normas citadas

  • ley 20500 art/33 num/8
  • ley 18695 art/94 inc/5
  • ley 18695 art/5 tran inc/2
  • ley 20500 art/33 num/14
  • ley 18695 art/98 lt/a
  • ley 18695 art/98 lt/b
  • ley 18695 art/98 lt/c
  • ley 18695 art/98 lt/d
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿Qué obligación tienen los municipios respecto de una oficina de informaciones, reclamos y sugerencias y de la publicidad de sus antecedentes?

En este caso, la Contraloría General de la República requirió al municipio informar, dentro de 15 días hábiles, las medidas adoptadas para cumplir el artículo 98 de la ley N° 18.695, porque el municipio no había aportado antecedentes sobre la oficina ni sobre la disponibilidad pública de la información.

¿Puede la Contraloría revisar si un municipio cumple sus funciones de medio ambiente, aseo y ornato?

En este caso, la Contraloría revisó la reclamación sobre medio ambiente, aseo y ornato y concluyó que, según los antecedentes a la vista, el municipio ha cumplido las funciones encomendadas por el legislador, sin advertir irregularidades en ese aspecto.

¿Qué hace la Contraloría cuando un particular reclama por incumplimientos municipales y el municipio no responde?

En este caso, ante la falta de antecedentes del municipio sobre la oficina de reclamos y la publicidad de información, la Contraloría le exigió informar en un plazo de 15 días hábiles las medidas adoptadas, mientras que en el aspecto ambiental resolvió sin observaciones.

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