Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el incumplimiento, por parte de la unidad de control de la Municipalidad de Buin, de la obligación de informar al concejo municipal prevista en el artículo 29, letra d), de la Ley N° 18.695. El órgano fiscalizador constató que los reportes no se pusieron en conocimiento oportuno del concejo. Descartó que los reportes trimestrales emitidos por la dirección de administración y finanzas durante 2013 eximieran a la unidad de control, pues se trata de exigencias distintas contempladas en el artículo 27, letra c), y en el artículo 29, letra d). También rechazó como justificación la demora de la Corporación de Desarrollo Social de Buin en entregar antecedentes, por cuanto la unidad conserva atribuciones de vigilancia sobre esa entidad y el retardo no impedía emitir los informes exigidos. En consecuencia, ordenó a la municipalidad adoptar medidas para evitar la repetición de estas situaciones e instruir un procedimiento disciplinario para determinar responsabilidades administrativas, informando al organismo en 30 días hábiles.