Laboral

El empleador no se encuentra obligado legalmente a reajustar el incremento de la Ley Nº…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 2010

Resumen

El empleador no se encuentra obligado legalmente a reajustar el incremento de la Ley Nº19.464 a los asistentes de la educación que prestan servicios en los establecimientos educacionales particulares subvencionados conforme al D.F.L. Nº2, de 1998, de Educación, sin perjuicio de lo señalado en el cuerpo del presente oficio.

Normas citadas

  • Ley N° 19.464
  • D.F.L. N° 2
  • Ley N° 3.166
  • Ley N° 20.233
  • Decreto Ley N° 3.166
  • Código del Trabajo
  • Ley N° 20.244
  • Ley N° 18.883

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