Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre si la exención de derechos mu…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2010

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre si la exención de derechos municipales prevista en el artículo 41, N° 5, del decreto ley N° 3.063, de 1979, alcanza a la publicidad adosada a la edificación donde funciona un establecimiento cuando sólo menciona su nombre, sin aludir a su giro. El órgano concluyó que sí, por cuanto la individualización del oferente o prestador es un elemento inherente al concepto de publicidad, y tanto el sentido de la norma como la historia fidedigna de la ley N° 20.280 avalan que los signos de identificación del establecimiento queden excluidos del pago. Precisó que ello aplica siempre que el letrero no contenga ningún otro elemento adicional a esa individualización. En consecuencia, complementó el dictamen N° 26.478, de 2009, y ordenó a la Municipalidad de Osorno regularizar el cobro efectuado a la sociedad recurrente respecto de la publicidad que cumpla tales características.

Normas citadas

  • dl 3063/79 art/41 num/5 inc/1
  • dto 2385/96 inter
  • ley 20280
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Está exento del pago de derechos municipales el letrero que solo muestra el nombre de un establecimiento sin indicar su giro?

Según este dictamen de la Contraloría General de la República, sí: la exención del artículo 41, N° 5, del DL 3.063 alcanza a la publicidad que solo individualiza el establecimiento con su nombre, siempre que el letrero no contenga ningún otro elemento adicional.

¿Qué sostuvo la Contraloría sobre la exención de derechos municipales para la publicidad de establecimientos según la ley N° 20.280?

La Contraloría concluyó que la individualización del oferente o prestador es inherente al concepto de publicidad, y que el sentido de la norma y la historia fidedigna de la ley N° 20.280 avalan excluir del pago los signos de identificación del establecimiento.

¿Qué debe hacer una municipalidad que cobró derechos por un letrero con solo el nombre de un establecimiento?

En este caso, la Contraloría complementó el dictamen N° 26.478, de 2009, y ordenó a la Municipalidad de Osorno regularizar el cobro efectuado a la sociedad recurrente respecto de la publicidad que cumpla esas características.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2010 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el cobro de derechos municipa…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República concluyó que el municipio debe regularizar los c…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre si procede el cobro de derech…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

  • La Contraloría General de la República conoció una solicitud de reconsideración present…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2026

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia del cobro de d…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.