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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un funcionari…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un funcionario de un centro asistencial público respecto al derecho a percibir la asignación de estímulo del artículo 28, letra b), de la ley N° 19.664, el descanso compensatorio y los recargos por trabajar sábados, domingos o festivos. El órgano contralor determinó que el recurrente no tiene derecho a la asignación por no haberle sido concedida por la autoridad competente. En cambio, sí le asiste el derecho al descanso compensatorio en su cargo de 28 horas semanales. Respecto a las labores en días inhábiles, se concluyó que deben compensarse con un recargo del 30% o 50% del valor hora imponible, según corresponda a atención de enfermos hospitalizados o también a consultas externas. Además, se advirtió que no constan los actos administrativos de designación del funcionario, debiendo el hospital regularizar dicha situación.

Normas citadas

  • ley 19664 art/28 lt/b
  • ley 19664 art/35
  • dto 847/2000 SALUD art/3 inc/2
  • dto 847/2000 SALUD art/3 inc/4
  • ley 19230 art/5
  • ley 15076 art/10 inc/1
  • dto 110/63 SALUD art/34 inc/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Tiene derecho un funcionario de la ley 19.664 a la asignación de estímulo del artículo 28 letra b) si no le fue concedida por la autoridad competente?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que el funcionario no tiene derecho a la asignación de estímulo del artículo 28, letra b), de la ley N° 19.664, porque no le fue concedida por la autoridad competente.

¿Cómo se compensa el trabajo en días inhábiles para funcionarios de la ley 19.664 en establecimientos de salud?

En este caso, la Contraloría sostuvo que el trabajo en días inhábiles debe compensarse con un recargo de 30% o 50% del valor hora imponible, según corresponda a atención de enfermos hospitalizados o a consultas externas.

¿Procede el descanso compensatorio para un funcionario de salud con jornada de 28 horas semanales?

En este caso, la Contraloría reconoció que el funcionario sí tiene derecho al descanso compensatorio en su cargo de 28 horas semanales, y advirtió que el hospital debe regularizar la falta de actos administrativos de designación.

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