Resumen del criterio jurisprudencial
El 15 de septiembre de 2026 la Corte Suprema resolvió la acción de amparo interpuesta por Edwin Rafael La Rosa Hernández contra el Servicio Nacional de Migraciones. La autoridad migratoria había rechazado su solicitud de residencia temporal por no presentar el certificado de antecedentes penales y por no cumplir el artículo 22 del Decreto N°177. La Corte consideró que dicha decisión vulneró el artículo 3 y 7 de la Ley 21.325, que garantizan un procedimiento racional, justo y no discriminatorio para los extranjeros. Asimismo, se señaló que la autoridad no adoptó medidas razonables para permitir subsanar la omisión de documentos. Por falta de razonabilidad y proporcionalidad, la Corte revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones y acogió la acción de amparo, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones otorgar un nuevo plazo de noventa días para presentar la documentación requerida. Finalmente, se dejó sin efecto la orden de abandono del país.