Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció de un recurso de amparo interpuesto por Briggitte Colmenarez Hernández, de nacionalidad venezolana, contra el Servicio Nacional de Migraciones y otro, impugnando la Resolución Exenta N°2500100193505 que rechazó su solicitud de residencia temporal y ordenó su abandono del país por no haber remitido la documentación completa. La Corte de Apelaciones de Santiago había rechazado el recurso en primera instancia. La Corte Suprema revocó dicha sentencia y acogió el amparo, considerando que la autoridad administrativa vulneró el derecho a un procedimiento racional y justo al no permitir a la recurrente subsanar la omisión documental antes de rechazar la solicitud y ordenar el abandono. Se dejó sin efecto el acto administrativo impugnado y se ordenó otorgar un nuevo plazo de 90 días para presentar la documentación faltante y luego pronunciarse sobre la solicitud.