Resumen del criterio jurisprudencial
Antoinise Alfred, de nacionalidad haitiana, solicitó residencia temporal en Chile. El Servicio Nacional de Migraciones rechazó su solicitud mediante Resolución Exenta N°2600100380192, de 30 de junio de 2026, y dispuso su abandono del país por no acompañar un certificado que acreditara el vínculo con un residente definitivo, legalizado o apostillado. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo en el ingreso N°. La Corte Suprema revocó esa decisión y acogió el amparo. Estimó que la Administración incumplió los deberes de protección y de procedimiento racional y justo previstos en la Ley 21.325, al no permitir subsanar la omisión documental. Además, consideró que existía arraigo social y que la orden de abandono afectaba desproporcionadamente la libertad personal de la amparada. En consecuencia, dejó sin efecto el acto administrativo impugnado y ordenó otorgar un nuevo plazo de noventa días para presentar los documentos faltantes.