Laboral

El C.E.P.P., dependiente de la Corporación Municipal de Lo Prado, no se encuentra facul…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 2008

Resumen

El C.E.P.P., dependiente de la Corporación Municipal de Lo Prado, no se encuentra facultado para modificar unilateralmente la distribución de la jornada de trabajo de los profesionales de la educación que laboran en el mismo, sin perjuicio de lo expuesto en el cuerpo del presente dictamen.

Normas citadas

  • Ley N° 19.070
  • Código del Trabajo
  • Código Civil
  • Artículo 29 de la Ley N° 19.070
  • Artículo 10 del Código del Trabajo
  • Artículo 5º del Código del Trabajo
  • Artículo 71 de la Ley N° 19.070
  • Artículo 1545 del Código Civil

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