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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2018

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría del Interior por una solicitud de información sobre solicitudes de visa por primera vez con entrada de turismo. El Consejo tuvo por entregada la información, dado que la reclamante manifestó su conformidad con la respuesta obtenida tras una gestión oficiosa del propio Consejo. Sin perjuicio de ello, representó al Subsecretario del Interior dos infracciones: no responder la solicitud dentro del plazo legal (artículo 14 y principio de oportunidad del artículo 11 letra h) de la Ley de Transparencia) y falta de colaboración en la tramitación del amparo, al no responder el oficio de traslado (artículo 34 y principios de transparencia, máxima divulgación y facilitación). Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOrden y Seguridad Interior

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un órgano de la administración del Estado no responde una solicitud de información dentro del plazo legal?

En este caso, el Consejo para la Transparencia representó al Subsecretario del Interior por no responder la solicitud dentro del plazo legal, infringiendo el artículo 14 y el principio de oportunidad del artículo 11 letra h) de la Ley de Transparencia, aunque tuvo por entregada la información porque la reclamante quedó conforme con la respuesta.

¿Puede el Consejo para la Transparencia sancionar a un órgano que no colabora en la tramitación de un amparo?

En este caso, el Consejo representó al Subsecretario del Interior por no responder el oficio de traslado del amparo, lo que vulneró el artículo 34 y los principios de transparencia, máxima divulgación y facilitación de la Ley de Transparencia.

¿Cuál es el plazo para reclamar de ilegalidad contra una decisión del Consejo para la Transparencia?

Según este caso, contra la decisión del Consejo procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de 15 días corridos desde la notificación.

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