Resumen
El tribunal tributario y aduanero de la araucanía acogió el reclamo formulado por el contribuyente cristian alfonso quiroz becerra, en contra de las liquidaciones n° 11.321 a 11.345, emitidas por el servicio de impuestos internos ix dirección regional, relativa a diferencias por impuesto al valor agregado de los periodos tributarios noviembre y diciembre de 2009, enero a diciembre de 2010 y enero a diciembre de 2011, consistentes en débitos del iva no declarados por premios pagados por máquinas de juegos de destreza que explotaba el contribuyente. al efecto, estimó el tribunal que la actuación de fiscalización consistente en la citación n° 87, de 19 de noviembre de 2012, fue expedida fuera del plazo especial de caducidad que establece el n° 4 del artículo único de la ley n° 18.320, lo cual incidió consecuentemente en la nulidad de las liquidaciones reclamadas.