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La Contraloría General de la República se abstuvo de dar curso a la resolución N° 18, d…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2010

Resumen

La Contraloría General de la República se abstuvo de dar curso a la resolución N° 18, de 2010, del Instituto de Previsión Social, que autorizaba y aprobaba, mediante trato directo, un contrato con el Centro de Formación Técnica La Araucana para el diseño, programación y ejecución de 62 cursos de capacitación. El organismo concluyó que el acto no se ajustaba a derecho. Explicó que el trato directo invocado, fundado en la letra g) del artículo 8° de la Ley N° 19.886 y en la letra k) del numeral 7 del artículo 10° de su reglamento, solo procede para proyectos específicos o singulares de docencia, investigación o extensión cuando la licitación pública pondría en riesgo su objeto. Según el dictamen, la contratación no correspondía a un proyecto específico de la institución y los servicios eran de capacitación, no de docencia, investigación o extensión. Además, se hizo presente que una licitación pública para el mismo servicio había sido retirada sin tramitar y no había sido reingresada para su control.

Normas citadas

  • ley 19886 art/8 lt/g
  • dto 250/2004 hacie art/10 num/7 lt/k
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede una institución pública contratar por trato directo servicios de capacitación invocando el proyecto específico de docencia, investigación o extensión?

En este caso, la Contraloría sostuvo que no. El trato directo solo procede para proyectos específicos o singulares de docencia, investigación o extensión cuando la licitación pública pondría en riesgo su objeto, y los cursos de capacitación contratados no cumplían ese requisito.

¿Qué requisitos debe cumplir un trato directo bajo la letra g) del artículo 8° de la Ley 19.886?

Según este dictamen, el trato directo exige que la contratación corresponda a un proyecto específico o singular de la institución de docencia, investigación o extensión. Además, la licitación pública debe poner en riesgo el objeto del proyecto, condiciones que aquí no se verificaron.

¿Qué efecto tiene retirar una licitación pública sin tramitarla y no reingresarla al control de la Contraloría?

La Contraloría hizo presente, en este caso, que la licitación pública para el mismo servicio fue retirada sin tramitarse y no fue reingresada para su control. Esta circunstancia se consideró junto con la improcedencia del trato directo al concluir que el acto no se ajustaba a derecho.

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