Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá resolvió el caso presentado por Import Export Dym LTDA. contra el Servicio Nacional de Aduanas. Se constató que había transcurrido el plazo establecido en el artículo 123 de la Ordenanza de Aduanas sin que la parte reclamante cumpliera la orden dictada en las fojas 25. En virtud de ello, el tribunal declaró que la reclamación no estaba presentada. Se ordenó notificar a la parte reclamante mediante carta certificada y la publicación en el sitio web del tribunal, conforme al artículo 127 de la misma ordenanza. La decisión quedó firmada por el juez titular Mario Guzmán Cortés.