Además, informa que dicho Instituto procedió a la reliquidación del Impuesto por aplica…
Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2009
Resumen
Además, informa que dicho Instituto procedió a la reliquidación del Impuesto por aplicación del dictamen de 6 de marzo de 2008 y al reintegro de los montos retenidos en exceso a los pensionados. 2.- Sobre el particular, Instituto consultó a este Servicio en el año 2007 sobre la tributación que afecta al bono extraordinario concedido a los exonerados políticos en virtud del artículo 1° de la ley N°20.134, de 2006, oportunidad en que se resolvió a través del Ord. N° 2595, de 06.09.2007 que, de acuerdo con las disposiciones de ese texto, el bono extraordinario en análisis constituye una remuneración extraordinaria complementaria a las pensiones no contribuitivas concedidas en conformidad a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 12 de la Ley N°19.234, donde el derecho a percibir el bon
Normas citadas
Ley de Impuesto a la Renta
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