Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la confección de un escalafón de mérito elaborado tras un proceso de encasillamiento ordenado por la ley 20.395. Conforme a su jurisprudencia previa, los funcionarios que accedieron a sus plazas por encasillamiento tienen, por regla general, igual antigüedad en el cargo y en el grado, salvo quienes mantuvieron el grado que ocupaban antes, caso en que se considera la fecha de su promoción a esa posición. Para fijar esa fecha, el organismo tomó como referencia el 18 de junio de 2010, por entender que a esa data los servidores debían estar notificados del acto, según la ley 19.880. En consecuencia, acogió el reclamo de los afectados y ordenó corregir el escalafón aplicando el artículo 51 de la ley 18.834 en el desempate, con excepción de la antigüedad en el cargo y grado.