Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoAcoge

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo deducido contra el Servi…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo deducido contra el Servicio Nacional de Migraciones, ordenando la entrega de información sobre el estado de tramitación de la visa de la reclamante. Se consideró que lo solicitado corresponde a información relativa a la propia reclamante, que da cuenta de su situación migratoria, sin que se adviertan causales de secreto o reserva que justifiquen su denegación. En cambio, se rechazó el amparo respecto de la solicitud de resolución del trámite, por constituir el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 19 N°14 de la Constitución Política de la República. El órgano requerido deberá acreditar la entrega efectiva de la información ante el Consejo.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 18.575
  • Oficio N° 8563
  • Artículo 17° de la Ley N° 19.880
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede una persona pedir al Servicio Nacional de Migraciones información sobre el estado de tramitación de su propia visa a través de la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó entregar la información sobre el estado de tramitación de la visa de la reclamante, por tratarse de datos propios que dan cuenta de su situación migratoria, sin que se advirtieran causales de secreto o reserva.

¿Es lo mismo solicitar información sobre un trámite de visa que pedir que se resuelva ese trámite?

No, en este caso el Consejo distinguió ambas solicitudes. Rechazó el amparo respecto de la petición de resolver el trámite, porque constituye el ejercicio del derecho de petición del artículo 19 N°14 de la Constitución, y no el acceso a información pública.

¿Qué debe hacer el órgano público cuando el Consejo para la Transparencia ordena entregar información?

En este caso, el Consejo dispuso que el Servicio Nacional de Migraciones deberá acreditar ante el Consejo la entrega efectiva de la información ordenada.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2022 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por una ciudadana en contr…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • Se acoge el amparo presentado contra el Servicio Nacional de Migraciones, solo respecto…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido por una persona en contra de…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido por una reclamante en contra…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de una persona que requería informaci…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.