Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y rechaza el recurso de protección interpuesto por Duarte contra el Servicio Nacional de Migraciones. El recurrente alegó una omisión del servicio al no pronunciarse sobre su solicitud de visa temporal. La Corte considera que la demora se debe a un procedimiento reglado y uniforme, y que la nueva Ley N°21.325 mantiene la vigencia de la cédula de identidad durante la tramitación. Por lo tanto, no se configura una vulneración de derechos constitucionales. Se ordena al servicio emitir pronunciamiento en un plazo razonable. La decisión se fundamenta en el artículo 20 de la Constitución y en la normativa migratoria vigente.