Administrativo

Los profesionales de la educación pueden hacer uso de su feriado en una época distinta…

Resumen del criterio jurisprudencial

Los profesionales de la educación pueden hacer uso de su feriado en una época distinta a la prevista en la ley N° 19.070, siempre que sea a continuación de su descanso maternal.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.