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La recurrente Mirta Mireya Astudillo Burgos presentó un recurso de protección en contra…

Resumen del criterio jurisprudencial

La recurrente Mirta Mireya Astudillo Burgos presentó un recurso de protección en contra de la Dirección General de Aguas por la Resolución N° 1072 de 5 de agosto de 2008, que dejó sin efecto una resolución previa denegatoria de una solicitud de derechos de aprovechamiento de aguas de Maderas Cóndor S.A. La recurrente alegó que la resolución era ilegal y arbitraria, y que existían causales legales para denegar dicha solicitud. La Corte de Apelaciones confirmó la sentencia apelada que rechazó el recurso por extemporáneo, pero la Corte Suprema revocó esta decisión en cuanto a la extemporaneidad, declarando que el recurso fue interpuesto dentro del plazo legal. Sin embargo, en cuanto al fondo, la Corte Suprema concluyó que la resolución impugnada no era ilegal ni arbitraria, ya que fue dictada en el ámbito de las facultades legales y con motivaciones suficientes. En consecuencia, confirmó la sentencia apelada pero con declaración de rechazo del recurso de protección. Hubo voto disidente de los Ministros Carreño y Brito, quienes estimaron que debía revocarse la resolución apelada y declararse la temporaneidad del recurso, sin resolver el fondo.

aguasCorte Suprema

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.