Resumen del criterio jurisprudencial
Aguas Andinas S.A. interpuso un recurso de protección contra la Contraloría General de la República por emitir los dictámenes N° 5.215 y 38.064 de 2006, que ordenaban a la Dirección General de Aguas constituir derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas a favor de Agrícola Duero Limitada, pese a la supuesta falta de disponibilidad jurídica del recurso. La recurrente alegó que dichos dictámenes vulneraban su garantía constitucional de propiedad (Art. 19 N°24) y desconocían un fallo previo de la Corte Suprema de 2003 que establecía que no pueden otorgarse nuevos derechos cuando no existe disponibilidad jurídica. La Corte Suprema confirmó el rechazo del recurso, sosteniendo que los dictámenes no constituyen actos finales que afecten directamente los derechos del recurrente, sino meras opiniones que requieren actos administrativos posteriores. Asimismo, revocó la condena en costas impuesta al actor en primera instancia, eximiéndolo de dicha carga. El tribunal consideró que el recurso de protección no es la vía idónea para impugnar estos dictámenes, sin perjuicio de otras acciones que pudieran corresponder.