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La Contraloría General de la República resolvió que la Municipalidad de Lo Prado no pue…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República resolvió que la Municipalidad de Lo Prado no puede cobrar derechos municipales por la explotación de máquinas de juego, y que debe devolver las sumas indebidamente percibidas. El municipio sostenía que el mantenimiento de estos artefactos requería un permiso afecto a pago, conforme a su ordenanza, y que el cobro compensaba las labores de autorización, registro, control y supervisión. El organismo recordó que, en casos similares, determinó que estas máquinas constituyen una actividad lucrativa gravada con patente municipal, sin que se otorgara un permiso, concesión o servicio que justificara un cobro adicional. Concluyó que las acciones invocadas forman parte de la fiscalización propia de una actividad ya gravada con patente, por lo que el municipio debe regularizar la situación, devolver lo pagado por cada máquina e informar ello en un plazo de 15 días hábiles.

Normas citadas

  • dl 3063/79 art/23
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede una municipalidad cobrar derechos adicionales por la explotación de máquinas de juego además de la patente municipal?

En este caso, la Contraloría General de la República resolvió que no, porque la explotación de estas máquinas ya está gravada con patente municipal y el cobro adicional no respaldaba ningún permiso, concesión o servicio específico. Por eso ordenó a la Municipalidad de Lo Prado devolver lo indebidamente percibido.

¿Son válidos los cobros municipales por autorización, registro, control y supervisión de máquinas de juego?

En este caso, el organismo consideró que esas labores forman parte de la fiscalización propia de una actividad ya gravada con patente, por lo que no justifican un cobro adicional. El municipio debe regularizar la situación y devolver lo pagado por cada máquina.

¿Qué plazo tiene una municipalidad para informar la devolución de cobros indebidos por máquinas de juego a la Contraloría?

En este caso, la Contraloría dispuso que la Municipalidad de Lo Prado debe informar la devolución de lo pagado por cada máquina en un plazo de 15 días hábiles. El resumen no detalla otros aspectos del procedimiento.

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