Laboral

La pérdida de la calidad de funcionarios públicos de los socios de la Asociación Nacion…

Resumen del criterio jurisprudencial

La pérdida de la calidad de funcionarios públicos de los socios de la Asociación Nacional de Empleados del Poder Judicial, por haberse acogido a jubilación, no los priva de mantener dicha calidad en la referida organización, de acuerdo a lo dispuesto en su estatuto; por consiguiente, no existe inconveniente jurídico alguno para que aquellos presenten su candidatura y sean elegidos para desempeñar el cargo de directores nacionales o regionales, siempre que cumplan con los requisitos exigidos para tal efecto en el estatuto respectivo y con los previstos en el artículo 18 de la ley N°19.296.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.