Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una persona para acceder al bono de la ley N° 20.305, que otorga una bonificación laboral a quienes se desempeñaban en organismos como municipalidades y cesaron por causales específicas, como renuncia voluntaria, pensión de vejez, supresión del empleo o despido conforme al artículo 161 del Código del Trabajo. La requirente cesó por declaración de vacancia por salud irrecuperable, causal no contemplada en la normativa, por lo que se concluyó que no tiene derecho al beneficio. Se desestimó el argumento de un ingreso anterior a 1981, pues ello no subsana el requisito de la causal de cese. Además, se señaló que la eventual relación laboral con la Municipalidad de Temuco entre 1976 y 1988 es un hecho controvertido que debe resolverse en sede judicial, complementando el oficio N° 7.441 de 2014 de la Contraloría Regional de La Araucanía.