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La Contraloría General de la República se pronunció sobre una reclamación relativa al c…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre una reclamación relativa al cobro de multas por atraso en la ejecución de obras contratadas por Carabineros de Chile. El organismo determinó que la entidad policial deberá verificar en sus registros internos si los funcionarios que residían en los departamentos donde se instalarían los bienes hicieron uso de feriado legal, a fin de ponderar si el contratista estuvo imposibilitado de terminar las obras antes de la fecha fijada. En caso de acreditarse dicha imposibilidad, Carabineros deberá recalcular las multas considerando como fecha de término el 2 de febrero de 2015. Además, se instruyó abstenerse de solicitar notas de crédito para cobrar multas, por no ajustarse a la jurisprudencia administrativa, y se recordó la necesidad de aprobación administrativa de los instrumentos licitatorios.

Normas citadas

  • Resolución exenta N° 373, de 2015
  • Resolución exenta N° 373
  • Oficio N° 3.718, de 2006
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿Puede una entidad pública cobrar multas por atraso en obras si el contratista no pudo terminarlas por causas imputables a la propia institución?

En este caso, la Contraloría determinó que la entidad debe verificar si los funcionarios usaron feriado legal en los departamentos donde se instalarían los bienes, para ponderar si el contratista estuvo imposibilitado de terminar la obra. Si se acredita esa imposibilidad, deberá recalcular las multas con una nueva fecha de término.

¿Puede una institución pública hacer efectivas multas contractuales mediante la solicitud de notas de crédito?

En este caso, la Contraloría instruyó a la entidad abstenerse de solicitar notas de crédito para cobrar multas, por no ajustarse a la jurisprudencia administrativa. El organismo recordó que las multas deben cobrarse conforme a lo previsto en el contrato y a la normativa aplicable.

¿Deben aprobarse administrativamente las bases de licitación antes de su uso en un contrato público?

En este caso, la Contraloría recordó la necesidad de aprobación administrativa de los instrumentos licitatorios. Este pronunciamiento se refiere a la contratación de obras por parte de Carabineros de Chile.

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