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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una hija de u…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una hija de un ex parlamentario que reclamaba la pensión de orfandad regulada por la ley N° 16.229. El beneficio le había sido denegado inicialmente por el Instituto de Previsión Social, que sostuvo que el causante no tenía la calidad de jubilado en el régimen aplicable a parlamentarios anteriores a 1990. Posteriormente, el Instituto reconoció que la viuda del causante sí percibía la pensión de la ley, lo que habilita a los hijos. Conforme al artículo 2° de dicha ley, la Contraloría concluyó que la recurrente, en calidad de hija y, cumpliendo los requisitos legales, entre ellos el estado de soltera, tiene derecho al montepío desde el fallecimiento de su madre. El organismo comunicó que la situación previsional de la interesada se encuentra en proceso de regularización ante el Instituto de Previsión Social.

Normas citadas

  • ley 16229 art/1
  • ley 16229 art/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Tienen derecho los hijos a la pensión de orfandad de la ley 16.229 si la madre fallecida percibía la pensión de ese régimen?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que sí, porque la viuda del causante percibía la pensión de la ley 16.229, lo que habilita a los hijos. Conforme al artículo 2° de la ley, la hija que cumplía los requisitos legales, entre ellos el estado de soltera, tiene derecho al montepío desde el fallecimiento de su madre.

¿Puede el Instituto de Previsión Social denegar la pensión de orfandad de la ley 16.229 por no tener el causante la calidad de jubilado?

En este caso, el Instituto de Previsión Social había denegado el beneficio sosteniendo que el causante no tenía la calidad de jubilado en el régimen aplicable a parlamentarios anteriores a 1990. Posteriormente el Instituto reconoció que la viuda sí percibía la pensión de la ley, y la Contraloría resolvió a favor de la recurrente.

¿Qué ocurre con la situación previsional de una hija que reclama la pensión de orfandad ante la Contraloría?

En este caso, la Contraloría General de la República comunicó que la situación previsional de la interesada se encuentra en proceso de regularización ante el Instituto de Previsión Social. El organismo reconoció su derecho al montepío conforme a la ley 16.229.

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