Resumen
La Corte Suprema, conociendo por la vía de casación en el fondo interpuesta por la Dirección General de Aguas (DGA) contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que acogió el reclamo de ilegalidad de L.S.S., advirtió de oficio un vicio de ultra petita en la sentencia recurrida. Esto porque la Corte de Apelaciones anuló la Resolución DGA N°1615 de 2023 que imponía una multa de 100 UTA, excediendo el petitorio del reclamante que solicitaba dejar sin efecto dicha resolución y absolverlo. La DGA alegó que la multa era procedente por incumplimiento de la Resolución DGA N°865 de 2011 que ordenaba restituir el cauce del río Bío Bío. La Corte Suprema, al detectar el vicio formal, casó de oficio en la forma y dictó sentencia de reemplazo que acogió el reclamo, declarando ilegal la Resolución N°1615 de 2023, pero limitándose a su anulación sin absolver al reclamante. Se advierte que la obligación de restituir el cauce subsiste, pudiendo la DGA iniciar nuevos procedimientos sancionatorios.